Guía para la presentación de proyectos e inversiones - NGEU

1. Justificación inicial de las actuaciones y claridad de objetivos del proyecto

  • 1.1. ¿Qué necesidades justifican la actuación?
  • 1.2. ¿Qué objetivos que se pretenden conseguir con los proyectos?

2. Adecuación con las estrategias europeas y nacionales

Se debe proporcionar una explicación detallada de cómo el proyecto contribuye o es coherente con las recomendaciones europeas para España y con los objetivos del Plan de Recuperación.

  • 2.1. Coherencia con las estrategias europeas y las recomendaciones del semestre europeo
  • 2.2. Articulación con las estrategias nacionales y con los planes estatales.
  • 2.3. Conexión con proyectos o políticas de las Comunidades Autónomas

3. Descripción del proyecto

3.1. Características de las inversiones/actuaciones. Volúmenes y tipología (gasto de inversión o gasto corriente para mejorar servicios o políticas públicas). Los proyectos pueden entenderse con un concepto amplio de inversión como formación de capital en áreas como capital fijo (infraestructura, edificios, pero también algunos intangibles como I + D, patentes o software), capital humano (se acumula mediante el gasto en salud, protección social, educación y formación) y capital natural (acciones destinadas a aumentar la eficiencia de los recursos y la proporción de recursos naturales renovables, protegiendo o restaurando el medio ambiente, o mitigando / adaptándose al cambio climático.

3.2. Cómo permite el proyecto alcanzar los objetivos (cuantitativos) y los hitos (cualitativos). Los objetivos deben basarse en una fórmula simple y enfocarse en los indicadores relevantes, aceptables y sólidos que brinden evidencia del progreso continuo hacia los objetivos. Los objetivos se pueden fijar a un nivel específico o se pueden establecer un rango razonable para lograr según lo que se mida y cuán precisa pueda ser la estimación. Los hitos deben ser precisos y relacionados con fases clave (por ejemplo, implantar un nuevo sistema informático, aprobar una normativa, crear una agencia, firmar un acuerdo…).

3.3. Implementación. Materialización de las medidas si se articulan con otros agentes privados (líneas de subvención, financiación a otros agentes privados, etc.). Puede adoptar la forma de instrumentos financieros, planes de apoyo, subvenciones y otras facilidades. Cumplimiento de todas las normas aplicables, en particular las normas sobre ayudas estatales y competencia.

4. Contribución a la transición digital y a la transición verde

4.1. Transición verde. Justificación de la contribución del proyecto a los objetivos climáticos del Plan en un 37%, según la Taxonomía que se define en el Reglamento 852/2020, así como a las metas y políticas del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC). Se trata de evaluar el impacto del Plan y de los proyectos en la mitigación del cambio climático, la adaptación al cambio climático, el uso sostenible y la protección del agua y los recursos marinos, transición a la economía circular, control y prevención de la contaminación, y la protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas.

4.2. Transición digital. Justificación de la contribución del proyecto al 20% de orientación del Plan a inversiones digitales. Se podrán tomar como referencia los indicadores DESI (Indicadores de la Economía y Sociedad Digital), pero se tendrá en cuenta el impacto en algunos objetivos como: conectividad, Inversión en I+D en ámbito digital (inteligencia artificial, ciberseguridad, block chain, computación cuántica, infraestructuras de datos), Capital Humano, e-Gobierno, Digitalización de empresas, Inversión en capacidades y desarrollo de tecnologías avanzadas (datos,  ciberseguridad, IA, computación cuántica, infraestructura cloud, IoT, microelectrónica…) e invertir en la sostenibilidad ambiental del sector digital.

5. Calendario de ejecución del proyecto.

5.1. Demostrar capacidad de ejecutar los proyectos/inversiones en el calendario previsto. Debe iniciarse en 2021-2022 y haber adjudicado al finalizar 2023 como máximo, debiendo finalizarse en julio de 2026.

5.2. Definir hitos y objetivos de los proyectos. Se analizará el grado de cumplimiento de objetivos en 2023 y se podrá condicionar el 30% al cumplimiento de los objetivos, que se revisarán en junio de 2022. Definición de objetivos/hitos y su cuantificación (deben ser verificables) y tendrán que concretar: (i) indicadores de gasto del proyecto, (ii) resultados directos del mismo o sobre los (iii) efectos/ (iv) impacto de dicho proyecto.

5.3.  Riesgos/incertidumbres posibles en la ejecución. Es recomendable monitorizar cada proyecto con puntos de control sobre el cumplimiento y ritmo de ejecución. Los pagos se harán dos veces al año y solo si se han cumplido los hitos, por lo que, si son de difícil consecución, mejor establecer hitos intermedios.

5.4. Calendario y cronograma de las actuaciones. Los hitos y las metas deben estar asociados a un cronograma claro. Todos los hitos y objetivos recibirán una fecha indicativa en la que se espera alcanzarlos, y que serán determinante para los desembolsos.

6. Presupuesto y estructura de financiación

6.1. Presupuesto total del proyecto. Inversión requerida por el proyecto, cuantificada y desglosada en reformas e inversiones individuales vinculadas por cada componente. Se recomienda utilizar costes unitarios y comparativas con inversiones o reformas similares llevadas a cabo en los respectivos territorios.

6.2. Financiación. Se trata de planificar el porcentaje de financiación con fondos propios, con financiación pública autonómica, estatal y/o europea (el artículo 8 de la propuesta de reglamento europeo que regula el Fondo de Recuperación permite que los proyectos puedan recibir financiación de otros instrumentos financieros de la UE mientras no cofinancien el mismo concepto de coste). Debe considerarse el uso de diferentes fuentes de financiación de la Unión, las sinergias y complementariedades entre ellas, así como el propósito de los diferentes instrumentos e incluir una justificación para respaldar una determinada inversión. Siempre delimitar instrumentos porque no está permitida la doble financiación.

6.3. Viabilidad financiera de los proyectos. Se espera que el impacto positivo del proyecto sea duradero. Para demostrarlo, se solicita un análisis de la sostenibilidad a largo plazo, de mantenimiento de los objetivos, y también de sostenibilidad financiera y presupuestaria, una vez agotado el Fondo de Recuperación y Resiliencia.

7. Impactos sociales y económicos

7.1 Impacto cualitativo. Una orientación cualitativa del impacto de cada proyecto en el fortalecimiento de la resiliencia social y económica de cada territorio. En diferentes dimensiones: crecimiento económico, creación de empleo e impacto en las rentas salariales, resiliencia económica y social ante para mitigar el impacto de la crisis, vulnerabilidades socio-económicas, cohesión territorial y social, impacto presupuestario y fiscal, igualdad, exclusión social.

7.2. Impacto cuantitativo. Cuantificar los efectos positivos, directos y verificables a largo plazo sobre el crecimiento y la creación de empleo que generará la inversión, explicando la metodología utilizada (modelos econométricos, por ejemplo). Se debe explicar cómo y en qué medida se espera que el proyecto mejore con respecto a la situación actual, también mediante indicadores cuantitativos. Proponer indicadores clave de rendimiento para evaluar el impacto de las inversiones en términos de beneficios medioambientales, climáticos, económicos y sociales a lo largo del tiempo.